Una duda con el paro

Hola. Llevo trabajando tres años en contrato indefinido, por lo que me dan de alta y baja cuando la empresa lo necesita y me cambian de jornada completa a parcial en función de la temporada alta/baja del lugar donde resido.

Este año debo pedir el paro porqué la empresa cierra unos meses, por lo que he acordado con ellos en qué me informe sobre el paro para acabar o bien este Agosto, o hacer el Setiembre (pero este sería a media jornada).

Así que tendría dos opciones:
-Acabar este Agosto y pedir el paro en Setiembre (unos 1000€ en función de lo que he ganado en Julio y Agosto durante los meses que estipule la ley)
-Trabajar el Setiembre solo media jornada (porqué no hay más trabajo), así que cobraría la mitad ese mes por lo qué no sé cuanto cobraría en el paro cuando lo fuese a pedir en Octubre

No sé que opción me conviene más. Me da igual trabajar Setiembre media jornada, lo que no quiero es perder dinero a la hora de cobrar el paro por qué el último mes haya estado media jornada.

Gracias.
Si me equivoco que me corrijan. Pero que yo sepa, el paro lo calculan con lo que has cotizado en los últimos 6 meses. Así que si en Septiembre vas a estar a media jornada, pues te bajará algo la media.
Sider2h escribió:Hola. Llevo trabajando tres años en contrato indefinido, por lo que me dan de alta y baja cuando la empresa lo necesita

Menudo contrato indefinido!!!
No será de obra y servicio?
Para salir de dudas, tienes un programa de autocálculo de la prestación en www.sepe.es y lo que dice el compañero de arriba es bastante correcto. La media te baja, pero además si tu última relación laboral es a tiempo parcial te pagarán el paro a tiempo parcial.
Sider2h escribió:Hola. Llevo trabajando tres años en contrato indefinido, por lo que me dan de alta y baja cuando la empresa lo necesita y me cambian de jornada completa a parcial en función de la temporada alta/baja del lugar donde resido.

Este año debo pedir el paro porqué la empresa cierra unos meses, por lo que he acordado con ellos en qué me informe sobre el paro para acabar o bien este Agosto, o hacer el Setiembre (pero este sería a media jornada).

Así que tendría dos opciones:
-Acabar este Agosto y pedir el paro en Setiembre (unos 1000€ en función de lo que he ganado en Julio y Agosto durante los meses que estipule la ley)
-Trabajar el Setiembre solo media jornada (porqué no hay más trabajo), así que cobraría la mitad ese mes por lo qué no sé cuanto cobraría en el paro cuando lo fuese a pedir en Octubre

No sé que opción me conviene más. Me da igual trabajar Setiembre media jornada, lo que no quiero es perder dinero a la hora de cobrar el paro por qué el último mes haya estado media jornada.

Gracias.


- La cuantía se calcula en base a los últimos seis meses.
- Te corresponden 4 meses por año trabajado en los últimos seis años.
- El periodo máximo son dos años.
- Si pides el paro y tienes por poner un ejemplo 6 meses de derecho y solo gastas 2 meses los otros cuatro quedaron colgados y cuando vuelvas a trabajar generarás un nuevo derecho que no se suma a los cuatro meses anteriores. Así, si te vuelves a quedar en paro te darán a elegir entre coger esos cuatro meses o el nuevo periodo generado. El que no elijas se perderá. Por lo que si es por poco tiempo y tienes bastante paro generado, yo no lo pediría.

@suskie, existe la figura del contrato indefinido discontinuo.
papatuelo escribió:
Sider2h escribió:Hola. Llevo trabajando tres años en contrato indefinido, por lo que me dan de alta y baja cuando la empresa lo necesita y me cambian de jornada completa a parcial en función de la temporada alta/baja del lugar donde resido.

Este año debo pedir el paro porqué la empresa cierra unos meses, por lo que he acordado con ellos en qué me informe sobre el paro para acabar o bien este Agosto, o hacer el Setiembre (pero este sería a media jornada).

Así que tendría dos opciones:
-Acabar este Agosto y pedir el paro en Setiembre (unos 1000€ en función de lo que he ganado en Julio y Agosto durante los meses que estipule la ley)
-Trabajar el Setiembre solo media jornada (porqué no hay más trabajo), así que cobraría la mitad ese mes por lo qué no sé cuanto cobraría en el paro cuando lo fuese a pedir en Octubre

No sé que opción me conviene más. Me da igual trabajar Setiembre media jornada, lo que no quiero es perder dinero a la hora de cobrar el paro por qué el último mes haya estado media jornada.

Gracias.


- La cuantía se calcula en base a los últimos seis meses.
- Te corresponden 4 meses por año trabajado en los últimos seis años.
- El periodo máximo son dos años.
- Si pides el paro y tienes por poner un ejemplo 6 meses de derecho y solo gastas 2 meses los otros cuatro quedaron colgados y cuando vuelvas a trabajar generarás un nuevo derecho que no se suma a los cuatro meses anteriores. Así, si te vuelves a quedar en paro te darán a elegir entre coger esos cuatro meses o el nuevo periodo generado. El que no elijas se perderá. Por lo que si es por poco tiempo y tienes bastante paro generado, yo no lo pediría.

@suskie, existe la figura del contrato indefinido discontinuo.

Tenía entendido que en contratos así no se podía exceder de los 3 años.
Piriguallo escribió:
papatuelo escribió:
Sider2h escribió:Hola. Llevo trabajando tres años en contrato indefinido, por lo que me dan de alta y baja cuando la empresa lo necesita y me cambian de jornada completa a parcial en función de la temporada alta/baja del lugar donde resido.

Este año debo pedir el paro porqué la empresa cierra unos meses, por lo que he acordado con ellos en qué me informe sobre el paro para acabar o bien este Agosto, o hacer el Setiembre (pero este sería a media jornada).

Así que tendría dos opciones:
-Acabar este Agosto y pedir el paro en Setiembre (unos 1000€ en función de lo que he ganado en Julio y Agosto durante los meses que estipule la ley)
-Trabajar el Setiembre solo media jornada (porqué no hay más trabajo), así que cobraría la mitad ese mes por lo qué no sé cuanto cobraría en el paro cuando lo fuese a pedir en Octubre

No sé que opción me conviene más. Me da igual trabajar Setiembre media jornada, lo que no quiero es perder dinero a la hora de cobrar el paro por qué el último mes haya estado media jornada.

Gracias.


- La cuantía se calcula en base a los últimos seis meses.
- Te corresponden 4 meses por año trabajado en los últimos seis años.
- El periodo máximo son dos años.
- Si pides el paro y tienes por poner un ejemplo 6 meses de derecho y solo gastas 2 meses los otros cuatro quedaron colgados y cuando vuelvas a trabajar generarás un nuevo derecho que no se suma a los cuatro meses anteriores. Así, si te vuelves a quedar en paro te darán a elegir entre coger esos cuatro meses o el nuevo periodo generado. El que no elijas se perderá. Por lo que si es por poco tiempo y tienes bastante paro generado, yo no lo pediría.

@suskie, existe la figura del contrato indefinido discontinuo.

Tenía entendido que en contratos así no se podía exceder de los 3 años.


Pues ahí me pillas, aunque en el patronato de deportes de mi ciudad tienen los mismos fijos discontinuos de toda la vida.
Vale gracias a todos. No me queda otra que perder una mañana e ir a que me lo aclaren.

El tema es que tampoco sé si me tocan vacaciones por este período trabajado, y ya tengo el billete para irme a la otra CCAA donde quiero ir a buscar trabajo y vivir un tiempo indefinido así que debo aclararme pronto y entiendo que cada caso es distinto.

Este año la empresa cerró enero y febrero (que no se si me contaría como vacaciones legalmente) en Marzo empecé media jornada hasta el 15 de Jun donde cambié a jornada completa hasta finales de este mes.
Trabajé fines de semana y alguna semana entera suelta a media jornada en Diciembre (antes de cerrar en enero) y Noviembre. (por si sirve de algo este dato)

Lo que si entiendo es que si tengo mucho generado -y ya que tengo intención de gastar de dos a tres mese max- es mejor que no lo coga. En este caso podría pedir la ayuda o hay algún tipo de problema y también perdería tiempo acomulado, porqué claro si luego voy a pedirlo otro año y me dan a elegir quiero perder lo mínimo posible.
Sider2h escribió:Vale gracias a todos. No me queda otra que perder una mañana e ir a que me lo aclaren.

.

Depende a que oficinas vayas no te lo van a aclarar. Te dirán que la información está colgada en la web y que la prestación por desempleo no es un "presupuesto" que puedas ir a preguntar a ver como te quedaria, sinó una prestación para la persona que ha perdido un empleo y no encuentra otro empleo.
Suerte.
Sider2h escribió:Vale gracias a todos. No me queda otra que perder una mañana e ir a que me lo aclaren.

El tema es que tampoco sé si me tocan vacaciones por este período trabajado, y ya tengo el billete para irme a la otra CCAA donde quiero ir a buscar trabajo y vivir un tiempo indefinido así que debo aclararme pronto y entiendo que cada caso es distinto.

Este año la empresa cerró enero y febrero (que no se si me contaría como vacaciones legalmente) en Marzo empecé media jornada hasta el 15 de Jun donde cambié a jornada completa hasta finales de este mes.
Trabajé fines de semana y alguna semana entera suelta a media jornada en Diciembre (antes de cerrar en enero) y Noviembre. (por si sirve de algo este dato)

Lo que si entiendo es que si tengo mucho generado -y ya que tengo intención de gastar de dos a tres mese max- es mejor que no lo coga. En este caso podría pedir la ayuda o hay algún tipo de problema y también perdería tiempo acomulado, porqué claro si luego voy a pedirlo otro año y me dan a elegir quiero perder lo mínimo posible.

A ver, vacaciones son 30 días por año trabajado. De eso sale una media de 2,5 días por mes trabajado.

No me ha quedado claro, te finiquitan entonces cada vez que dejas de trabajar o cuando te reducen jornada, o cómo lo hacen? Por que si te finiquitan, y no has cogido vacaciones, deberían pagártelas con el finiquito.
Duqe escribió:
Sider2h escribió:Vale gracias a todos. No me queda otra que perder una mañana e ir a que me lo aclaren.

El tema es que tampoco sé si me tocan vacaciones por este período trabajado, y ya tengo el billete para irme a la otra CCAA donde quiero ir a buscar trabajo y vivir un tiempo indefinido así que debo aclararme pronto y entiendo que cada caso es distinto.

Este año la empresa cerró enero y febrero (que no se si me contaría como vacaciones legalmente) en Marzo empecé media jornada hasta el 15 de Jun donde cambié a jornada completa hasta finales de este mes.
Trabajé fines de semana y alguna semana entera suelta a media jornada en Diciembre (antes de cerrar en enero) y Noviembre. (por si sirve de algo este dato)

Lo que si entiendo es que si tengo mucho generado -y ya que tengo intención de gastar de dos a tres mese max- es mejor que no lo coga. En este caso podría pedir la ayuda o hay algún tipo de problema y también perdería tiempo acomulado, porqué claro si luego voy a pedirlo otro año y me dan a elegir quiero perder lo mínimo posible.

A ver, vacaciones son 30 días por año trabajado. De eso sale una media de 2,5 días por mes trabajado.

No me ha quedado claro, te finiquitan entonces cada vez que dejas de trabajar o cuando te reducen jornada, o cómo lo hacen? Por que si te finiquitan, y no has cogido vacaciones, deberían pagártelas con el finiquito.


Me finiquitan una vez deje de trabajar (suele ser en Noviembre o Diciembre porqué aquí no hay trabajo) y vuelvo en Febrero.

Esta vez lo dejo (y no hay problema, ellos me arreglan los papeles) porqué cambio de CCAA y buscarme la vida, y pido el paro para tener un margen de error en los primeros dos o tres meses que marche.
Duqe escribió:Si me equivoco que me corrijan. Pero que yo sepa, el paro lo calculan con lo que has cotizado en los últimos 6 meses. Así que si en Septiembre vas a estar a media jornada, pues te bajará algo la media.

Ese es uno de los problemas, cosa que me parece muy injusta.

Me acuerdo cuando en mi 1er trabajo mi base de cotización era cercana a 1.300€, estuve trabajando 8 meses.

Luego 5 meses con un contrato de formación y mi base era 726 creo.

No te digo lo que me tocó de paro [+furioso]
@Sider2h pues si te finiquitan ahí tienes que saber si te pagan las vacaciones. Como te dije, si no las has disfrutado, en el finiquito te las tienen que pagar. En los papeles que te dan debería aparecer.
Si el último contrato es a tiempo parcial, si no recuerdo mal, te pagarán a tiempo parcial. Vamos que si terminas a jornada completa y te pertenecen 1000 euros, al terminar a tiempo parcial te pagarán 500.

Tambien, si estás a tiempo parcial, depende del número de días que trabajes a la semana cuentan todos los días trabajados para el tiempo de prestación o un porcentaje.

Saludos
Sí, esto último si que lo tenía claro, de que si trabajas 5 o más días a tiempo parcial cotizas como día completo.

Mañana iré igualmente, que ya tengo hora, pero veo que no me cunde trabajar en Septiembre...
. La media te baja, pero además si tu última relación laboral es a tiempo parcial te pagarán el paro a tiempo parcial. De todas formas mirate en www.sepe.es para calccularlo exactamente. Por otro lado si te planteas cambiar de trabajo echale un vistazo a la web https://es.gowork.com/ Un saludo.
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