¿Avisarte con 15 dias si se termina contrato?

Pues esa es mi duda :(
¿Si mi contrato termina el dia X y es por tiempo, no por fin de obra, deberian avisarme con 15 dias antes de la fecha X o me pueden decir directamente mañana no vengas cuando falta solo 1 dia? Y de ser asi, ¿Seria despido improcedente? ¿Tendria que indennizarme de alguna forma?

Ahi queda eso...
Salu2
Jesus is black está baneado por "clon troll"
Si en tu contrato pone que acabas el 20 de junio por ejemplo, y te dicen el 19 que mañana es tu último día creo que no incumplen ninguna norma... otra cosa es que el día 1 de junio te digan "no vengas más"
CREO y digo CREO que va así:

Si te dicen que el contrato va a finalizar tal día y que por tanto tú no vas a seguir:

- Te tiene que avisar con 15 días de antelación.

- Si no te avisa con 15 días de antelación y lo hace con 10 de antelación, te tiene que pagar además, esos 5.

- Si no te avisa, el contrato adquiere caracter indefinido si has pasado más de un año con contrato.

Y lo demás, pues no sé.

Saludos
El no avisarte con 15 días de antelación no supone despido improcedente, sólo una indemnización de 15 días en el finiquito.
Pero en tu caso ni siquiera eso, ya que si tienes un contrato por tiempo definido sabes cuándo va a acabar, así que no han de avisarte.
PreOoZ escribió:CREO y digo CREO que va así:

Si te dicen que el contrato va a finalizar tal día y que por tanto tú no vas a seguir:

- Te tiene que avisar con 15 días de antelación.

- Si no te avisa con 15 días de antelación y lo hace con 10 de antelación, te tiene que pagar además, esos 5.

- Si no te avisa, el contrato adquiere caracter indefinido si has pasado más de un año con contrato.

Y lo demás, pues no sé.

Saludos


No, el contrato se termina x día, no hay que avisar, ni la empresa ni el trabajador, ya que el contrato lo tienen ambas partes y ambos conocen su plazo.

en el caso de contrato por obra y servicio, cuando acaba su tiempo maximo, sino se avisa, si pasa a indefinido, pero un contrato temporal no, sencillamente se acaba, y se extingue la relación laboral, acordando por ambas partes esa duración.
Que yo sepa, el que tiene que avisar con 15 días de antelación es el empleado en caso de que se vaya y quiera cobrar finiquitos y demases.

Si tú tienes un contrato que acaba el día 20, la empresa no tiene que avisarte de ninguna forma. Ya estás avisado por contrato.
Ok, mas que nada, porque ya me la liaron hace 10meses, me refiero, mi contrato era de 3 meses de prueba y 6 meses mas despues si pasaba la prueba, me echaron sin decirme nada cuando termino el contrato, vamos que no me renovaron y al de 4 o 5 dias me volvieron a dar de alta por otra vez lo mismo, x tiempo de prueba y 6 meses mas... Lo vi luego en la vida laboral, aun asi, comentar tambien que yo no he firmado ningun contrato, ni nominas desde hace mas de un año...
-][BeldaR][- escribió:Ok, mas que nada, porque ya me la liaron hace 10meses, me refiero, mi contrato era de 3 meses de prueba y 6 meses mas despues si pasaba la prueba, me echaron sin decirme nada cuando termino el contrato, vamos que no me renovaron y al de 4 o 5 dias me volvieron a dar de alta por otra vez lo mismo, x tiempo de prueba y 6 meses mas... Lo vi luego en la vida laboral, aun asi, comentar tambien que yo no he firmado ningun contrato, ni nominas desde hace mas de un año...


Pues deberias de haberte preocupado de firmar el contrato y de pedir nominas mes a mes, en esas cosas hay que preocuparse un poquito e intentar tener todo en regla y bien, que luego surge cualquier problema y ya están los lios
Pedirlas las he pedido, ya que he necesitado alguna, lo que pasa es que no me las han dado... Poniendo escusas de que estan liados, etc... Pero para que me las diesen, tuve que estar 2 meses pidiendoselas y me las enviaron por mail, logicamente no las originales...

Pero vamos, que es lo que toca... Igual que el que me bajaran el sueldo hace 4 meses sin avisar y asi se ha quedado... O que me paguen parte del sueldo en B... (Me pagan 2 veces los gastos, por lo que no lo reflejan en nomina... Usease, me pagan X de sueldo base y en la nomina, aparece X - 200 y los 200 aparecen en gastos y luego aparte me pagan los gastos)
-][BeldaR][- escribió:Pedirlas las he pedido, ya que he necesitado alguna, lo que pasa es que no me las han dado... Poniendo escusas de que estan liados, etc... Pero para que me las diesen, tuve que estar 2 meses pidiendoselas y me las enviaron por mail, logicamente no las originales...

Pero vamos, que es lo que toca... Igual que el que me bajaran el sueldo hace 4 meses sin avisar y asi se ha quedado... O que me paguen parte del sueldo en B...


Pues firmar nominas es importante, tanto para ti como para la empresa, ya que asi demuestran que te han pagado.

Lo de la copia, siempre será copia, la original se la queda la empresa.

Lo de la bajada de sueldo habria que ver porque conceptos ha sido, si han quitado algun plus de la nomina o han bajado el salario base

Y lo del dinero B, no puedes hacer nada, si lo aceptaste es asi, y con eso siempre se pierde, ya que es dinero que no estás cotizando, pero si hubiera que reclamar impago o algo, si que hay posibilidad de cobrar dinero en B, siempre que se pueda demostrar que lo pagaban asi.
me parece que segun el convenio de las quimicas(no se los otros) ya ni el trabajador ni el empresario estan obligados
Lo de la bajada de sueldo no aparece en nomina, me refiero, si antes era X de sueldo menos 200 de gastos lo que aparecia en nomina, ahora es X menos 100 de gastos, tan simple como eso.

Que el tener las nominas es importante, logico, pero en mi empresa es tan simple como que el que mas molesta, se va a la calle, por mucho que sea un derecho y una obligacion el tenerlas...

Por tener tengo algun compañero que no le han pagado ni algun mes de curro, porque tubo un golpe con el coche de la empresa y directamente la empresa le dijo que se quedaba sin sueldo por ello... Aunque lo pagase el seguro, que estan a todo riesgo...

Y si dice algo, le van dando largas... Que lleva 5 meses pidiendo el mes de sueldo que no le han pagado...
-][BeldaR][- escribió:Pues esa es mi duda :(
¿Si mi contrato termina el dia X y es por tiempo, no por fin de obra, deberian avisarme con 15 dias antes de la fecha X o me pueden decir directamente mañana no vengas cuando falta solo 1 dia? Y de ser asi, ¿Seria despido improcedente? ¿Tendria que indennizarme de alguna forma?

Ahi queda eso...
Salu2

A mí en mi trabajo me explicaron que dependia de la durcación del contrato. Lo que no te puedo decir si es a partir de tantos o quantos meses te tienen que dar los 15 dias.
Ya se que la cosa está jodida de trabajo, pero estaría bien que alguien ajeno a la empresa (es decir ni TU ni tus familiares) denunciara irregularidades.

Eso es una mezquindad, y si te echan por ello denuncias por despido improcedente.
Estoy en contra de los sindicatos, pero en estos casos si te afilias a uno te suelen asesorar bien.
-][BeldaR][- escribió:Lo de la bajada de sueldo no aparece en nomina, me refiero, si antes era X de sueldo menos 200 de gastos lo que aparecia en nomina, ahora es X menos 100 de gastos, tan simple como eso.

Que el tener las nominas es importante, logico, pero en mi empresa es tan simple como que el que mas molesta, se va a la calle, por mucho que sea un derecho y una obligacion el tenerlas...

Por tener tengo algun compañero que no le han pagado ni algun mes de curro, porque tubo un golpe con el coche de la empresa y directamente la empresa le dijo que se quedaba sin sueldo por ello... Aunque lo pagase el seguro, que estan a todo riesgo...

Y si dice algo, le van dando largas... Que lleva 5 meses pidiendo el mes de sueldo que no le han pagado...


Las nóminas es algo que hay que pedir, no se puede vivir con miedo, de a ver si la pido me echan, no, hay que pedirla porque tenemos que tenerlas.

Y en casos de esas irregularidades, no es mendigar a la empresa, sino denunciarla
Hombre visto desde fuera esta muy bien, pero visto desde el punto de vista de que si me echan alguien tiene que pagar el piso, la luz, comunidad, comida, etc... Pues ya es algo de razon para no andar con exigencias... Que si que es una mierda vivir asi sin poder decir nada, pero ¿y que le hago? A veces es mejor callar, sobre todo en estos tiempos en los que estamos...


Alguna vez que abri la boca para decir algo, la respuesta de la empresa fue:

Hemos echado a la mitad de la empresa, tu eres un privilegiado, pero si no estas contento o tienes pegas, hay unos cuantos que estan deseando tener tu puesto...


Asi que con esas, como para tocarles las narices... Por poner otro ejemplo, yo no curro sabados, pues bien, en semana santa, el fin de semana anterior me dicen el viernes a la tarde:

E-Como vais a hacer puente la semana que viene, elige si trabajar mañana o el sabado que viene.
Yo- Pero si no es puente, es fiesta nacional y yo ya sabeis que no curro los sabados.
E- Bueno da igual, como vais a estar muchos dias de fiesta te toca curra o mañana o el sabado que viene.
Yo- Pues mañana, ¿pero esto se pagara aparte, no?
E- Logicamente no, teneis que trabajar y punto.
Solo te tienen que avisar con 15 dias de antelacion si trabajas mas de un año por obra o servicio, si no te pueden despedir "mañana mismo"
-][BeldaR][- escribió:Hombre visto desde fuera esta muy bien, pero visto desde el punto de vista de que si me echan alguien tiene que pagar el piso, la luz, comunidad, comida, etc... Pues ya es algo de razon para no andar con exigencias... Que si que es una mierda vivir asi sin poder decir nada, pero ¿y que le hago? A veces es mejor callar, sobre todo en estos tiempos en los que estamos...


Alguna vez que abri la boca para decir algo, la respuesta de la empresa fue:

Hemos echado a la mitad de la empresa, tu eres un privilegiado, pero si no estas contento o tienes pegas, hay unos cuantos que estan deseando tener tu puesto...


Asi que con esas, como para tocarles las narices... Por poner otro ejemplo, yo no curro sabados, pues bien, en semana santa, el fin de semana anterior me dicen el viernes a la tarde:

E-Como vais a hacer puente la semana que viene, elige si trabajar mañana o el sabado que viene.
Yo- Pero si no es puente, es fiesta nacional y yo ya sabeis que no curro los sabados.
E- Bueno da igual, como vais a estar muchos dias de fiesta te toca curra o mañana o el sabado que viene.
Yo- Pues mañana, ¿pero esto se pagara aparte, no?
E- Logicamente no, teneis que trabajar y punto.


Pues cuando se trabaja en sitios así lo mejor es buscarse otra cosa para dejarlo.

Si todos los trabajadores tragaran con todo por miedo al despido, volveria la era de la esclavitud.

Si todo el mundo se negara a acceder a esas explotaciones, nadie las haria, pero como casi todo el mundo baja el hocico y hace todo lo que le digan, asi se aprovechan como quieren
Logicamente que se aprovechan, pero es que, como sabras, hay algo mas de 4.000 parados, entre los cuales habra muchos cualificados, que esten buscando curro y precisamente ahora mismo no es que lluevan ofertas de trabajo...
Lo primero que deberíais hacer siempre que empecéis a trabajar es leeros el Estatuto de Trabajadores y el Convenio Colectivo que os corresponda.

Dando por hecho que casi nadie lo hace, vamos a dar un poco de luz:
  • Todo trabajador que tenga un contrato de duración determinada con una empresa, siempre que lleve más de un año, se le debe comunicar el fin de la relación laboral con al menos quince días naturales. El convenio colectivo puede mejorar estas condiciones para el trabajador, es decir, obligar a la empresa a preavisar con más tiempo, y obligar a la empresa a preavisar aunque no lleve el año.
  • Si es el trabajador el que quiere marcharse de la empresa antes de que finalice su contrato, deberá preavisar con al menos quince días naturales, independientemente del tiempo que lleve en la empresa. El convenio colectivo puede indicar otros límites de preaviso (quince días laborales, un mes, tres meses... dependiendo de la categoría profesional del trabajador).
  • Siempre que se esté dentro de los límites del periodo de prueba indicado expresamente en el contrato, no hace falta preaviso ni motivación por ninguna de las dos partes para rescindir el contrato.
  • Incumplir el requisito del preaviso por cualquiera de las dos partes implica la penalización indicada en el convenio colectivo o la costumbre del lugar (lo que normalmente se traduce en tantos días de salario como falten de preaviso).
  • Todos los contratos de duración determinada (los temporales) deben estar justificados y ser ciertas las causas para las que se ha realizado el contrato. En caso de contratos de obra y servicio, ha de ser cierto que dicho servicio finaliza para que el contrato se resuelva.
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