retraso en el pago del ere temporal

pues mi novio y yo estamos en el paro (el esta con un ere temporal) y yo cobrando el paro normal.

pués resulta que ya paso un mes y medio desde que lo "echaron" de la empresa y no a cobrado un duro desde entonces y las letras de la hipoteca vienen cada mes sin falta.
En en inem les han dicho que es raro y que no es el único caso de retraso y que ya tendra que esperar al dia 10 de mayo aber si llega...

el caso es que si estom sigue asi y no le pagan estos cabrones ,nos vamos a quedar sin un duro para pagar la hipoteca

¿alguien le ha pasado esto?
¿Quién no le paga, la empresa o el INEM? ¿La empresa les paga algún complemento mientras están regulados o no?
Si el dinero que no ha cobrado es el del paro es porque en el INEM tienen una empanada de mil pares de cojones, si no tienen los datos de tu novio actualizados es posible que no tengan el número de cuenta correcto, aunque lo hubiera especificado en la petición de paro.
Los del INEM además son muy graciosos, porque si la cagan y no te pagan a tiempo tienes que esperar todo un mes, hasta el día 10 del mes siguiente, para que te paguen lo que no te dieron el mes pasado.
Pregunta chorra pero, en este caso no se le puede pedir al inem intereses de demora? ya no te digo los gastos causados por su ineptidud (intereses que cobra el banco por el pago retrasado de la hipoteca, ...), pero si el estado te cobra intereses por haber hecho mal la renta, no sería lógico que los pagase el estado cuando se equivoca?
GELETE escribió:Pregunta chorra pero, en este caso no se le puede pedir al inem intereses de demora? ya no te digo los gastos causados por su ineptidud (intereses que cobra el banco por el pago retrasado de la hipoteca, ...), pero si el estado te cobra intereses por haber hecho mal la renta, no sería lógico que los pagase el estado cuando se equivoca?


Como se descuiden igual le hacen pagar los del INEM a él, puto gobierno de mierda.

Saludos.
Yo estoy en plena regulacion (mes si, mes no a jornada completa durante medio año) y lo de enero me lo pagaron el 10 de marzo y lo de febrero el 10 de abril. (hago de 10 a 9, 21 dias el primer pago correspondiente a enero y 9 dias de febrero, segundo pago)

Gracias a que no tengo pagos grandes y puedo esperar pero aquel que lo necesite es un putadon.

Por cierto, a mi me han informado hace dos dias que han aprobado una ley por la cual todos los ERE's temporales aprobados a partir de octubre del pasado año (efecto retroactivo) hasta finales del presente año 2009 cuentan con una bonificacion de 120 dias por lo que en mi caso no voy a perder paro ya que entre los 3 meses sumarian 90 dias (cosa que algunos trabajan los 6 meses a media jornada y pierden 180 lo cual con esto les quedaria en 60) Alguno de vosotros ha oido algo del tema?
Había una propuesta al respecto del PSOE, pero creo, no lo sé seguro, que aún está sin aprobar.
He encontrado esto, del BOE del 7 de marzo

Cuando a un trabajador se le suspenda el contrato de trabajo o se le reduzca
su jornada como consecuencia de un ERE temporal, y posteriormente se
autorice por resolución administrativa en el curso de un ERE o por resolución
judicial en procedimiento concursal la extinción del contrato, o se extinga por
despido objetivo, el trabajador afectado tendrá derecho a la reposición de la
duración de la prestación por desempleo por el mismo número de días que
hubiera percibido el desempleo total o parcial en virtud de aquellas
autorizaciones, con un límite máximo de 120 días.


Eso significa que la bonificacion de 120 dias es unicamente si me quedo en la calle?
Yo estoy tb en ere temporal, benditas multinacionales [poraki] .

Dese enero que cobro parte del paro y otra parte de la empresa, cobro un tanto el dia 10 y el otro tanto de la empresa el 15.

No e tenido ningun problema en cobrarlo.

Respecto a la ley, estube en el inem informando, y efectivamente es como indica el compañero y esta ya aprobada.

Es con caracter retroactivo, solo un matiz importante son 120 dias en cada ere temporal, en mi caso caso estamos en un 2º ere ,asi que vuelve a computar esos 120 dias.

Un saludo!
apisonador escribió:
Respecto a la ley, estube en el inem informando, y efectivamente es como indica el compañero y esta ya aprobada.

Es con caracter retroactivo, solo un matiz importante son 120 dias en cada ere temporal, en mi caso caso estamos en un 2º ere ,asi que vuelve a computar esos 120 dias.

Un saludo!


Ostia, pues de PM porqué así no habré gastado práctcamente días, que espero que no me hagan falta pero nunca se sabe.

¿Te dijeron dónde se podía consultar la ley o algo?
Yo cuando le pregunte me saco un tocho con todo al respecto,en el mismo inem la puedes consultar.

Un saludo
apisonador escribió:Yo cuando le pregunte me saco un tocho con todo al respecto,en el mismo inem la puedes consultar.

Un saludo


Gracias [oki]
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