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Estado de desecho: despenalicemos el derecho de autor

30/11/09 a las 00:35 por jiXo
ImagenAprovechando la nueva reforma del Código Penal que está por venir, donde se eliminan las penas de prisión para el top manta, el conocido abogado Carlos Sánchez Almeida propone ir más allá, defendiendo la despenalización del derecho de autor. Su propuesta fue realizada el pasado viernes en una conferencia titulada Estado de desecho, cuyo texto completo (lo de abajo es un resumen) podéis leer en Kriptópolis.

Carlos Sánchez Almeida escribió:1.- De lege ferenda, de lege delenda
¿Aprobar más leyes, cuando no se aplican las que ya existen? ¿Aprobar más leyes, mientras se mantiene en una situación de indigencia tercermundista a nuestra Administración de Justicia? Pero quizás habría otra solución, mucho más valiente desde el punto de vista ético, tan valiente que se antoja revolucionaria: despenalizar todos los delitos contra la propiedad intelectual, salvo el plagio.

2.- La hipertrofia del derecho de autor
Nuestra Administración de Justicia es utilizada de forma abusiva, y hasta con mala fe, por los representantes legales de la industria del entretenimiento. Saturando los juzgados con reiteradas demandas frente a los webmasters de páginas de enlaces, no se busca otro objetivo que vencer por agotamiento psicológico de los demandados. Sometidos durante años a los rigores del proceso penal, los procesados no entienden el sutil sentido del humor de nuestras cámaras legislativas, ni los extraños matices de la independencia judicial, con diez interpretaciones distintas para la misma ley, según caiga el pleito en Madrid, en León, en Cartagena o en Vitoria.

Como tampoco entienden que puedan ser detenidos, o juzgados, por funcionarios premiados con medallas antipiratería por las empresas que ejercen la acusación. Hasta yo me pregunto una cosa: en las largas noches de Soto del Real, ¿de qué hablarían los manteros con el alcalde de Santa Coloma de Gramanet, en su día condecorado por la SGAE?

3.- Que "La Coalición" contrate mercenarios
¿es lógico, desde el punto de vista de la política criminal, mantener como delitos perseguibles de oficio las infracciones al derecho de autor? Si el Estado español no puede asumir los gastos de protección que genera la piratería en el mundo real, mucho menos debe asumir los gastos que genera la persecución de la mal llamada piratería virtual. Así pues, y del mismo modo que se le dijo a los atuneros: que "La Coalición" contrate mercenarios.

Un grupo de compañías multinacionales han conseguido que funcionarios policiales y judiciales asuman de oficio la persecución de las infracciones contra el derecho de autor. Y todo para ahorrarse los gastos que tendrían que invertir en abogados, detectives y peritos, de tratarse de simples infracciones civiles… ¿para qué gastárselos, si la policía y los jueces les hacen el trabajo gratis?

4.- Despenalicemos el derecho de autor
La desvergüenza de la clase política es absoluta, pero no nos engañemos, sería como enfadarnos con los títeres de un teatro de guiñol. El poder económico y el poder mediático los quieren así, manejables. Y quieren también una Administración de Justicia inerme y caótica, en un permanente estado de emergencia. Una justicia útil pero no demasiado, lo justo para tener controlada a esa masa acomodaticia que es necesario mantener en casa, consumiendo y sin protestar demasiado.

Una gente así no se merece que los jueces trabajen para ellos. La cárcel, ni para manteros, ni para "piratas": exceptuando a los plagiarios que se atribuyan indebidamente la autoría de una obra, nadie más debe entrar en prisión en virtud del falso tótem de la propiedad intelectual. Porque más allá de la conveniencia política, e incluso más allá de los imperativos de justicia, se trata de una exigencia histórica. Por la libertad, y también por la creación, despenalicemos el derecho de autor.

Comentarios de los usuarios

Con dos cojones, haber si esto llega a buen puerto
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Jimetory
ojala le hagan caso, por que no dice mas que verdades, pero dudo que llege a algo y menos a lo que propone despenalizar el derecho de autor.
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spyker
A ver qué pasa, pero que razón tiene ese hombre.
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Kayru
y que razón tiene.
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asthar
Estas palabras van a traer consecuencias, veremos como responde la SGAE.
Por mi parte suena muy bien, esperemos que estas palabras lleguen a algún lado y le quiten poder a la SGAE y dejen de tratar de la misma manera (o peor) a un webmaster que a un asesino.
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Tapion
COnsecuencias o no ... esto parece un tren sin frenos ... interesa tirar de juicios sin TON ni SON, pero la cuestion es cobrar los que podamos y los que perdamos ya los recurriremos ... mientras tanto el pueblo paga, el pueblo es pirata y las leyes sin barrer.
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Edy
A ver si le hacen caso ahora :) que es lo mas dificil.
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hitbit2
Completamente de acuerdo, pero no van a hacerle caso estos politicuchos...
saludos
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ferdipd
3.- Que "La Coalición" contrate mercenarios
¿es lógico, desde el punto de vista de la política criminal, mantener como delitos perseguibles de oficio las infracciones al derecho de autor? Si el Estado español no puede asumir los gastos de protección que genera la piratería en el mundo real, mucho menos debe asumir los gastos que genera la persecución de la mal llamada piratería virtual. Así pues, y del mismo modo que se le dijo a los atuneros: que "La Coalición" contrate mercenarios.

Un grupo de compañías multinacionales han conseguido que funcionarios policiales y judiciales asuman de oficio la persecución de las infracciones contra el derecho de autor. Y todo para ahorrarse los gastos que tendrían que invertir en abogados, detectives y peritos, de tratarse de simples infracciones civiles… ¿para qué gastárselos, si la policía y los jueces les hacen el trabajo gratis?


El resumen cojonudo, pero con la parte que más me he reido ha sido con esta, simplemente genial, además como si ya la sgae no tuviese mercenarios que suplantan identidad y se cuelan en locales privados para clavar una facturita por no pagar canon.

Desde luego, ojala alguién de arriba leyese esto, pero seguramente estará ocupado contando pasta
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PAYOMALO
tiene toda la razon...
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Gromber
Pues yo no entiendo ni leches :Ð :Ð :Ð :Ð
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zubas
zubas escribió:Pues yo no entiendo ni leches :Ð :Ð :Ð :Ð


Despenalizar el derecho de autor es, básicamente, hacer que las infracciones de las leyes de derechos de autor (vamos, la piratería) DEJE de ser un delito PENAL.

Lo que defienden es que este tipo de infracciones sean FALTAS y no DELITOS, con lo que el estado se ahorraría millones de euros en juicios, investigaciones, etc....... por no hablar de las toneladas de investigaciones y juicios que le quitarían de encima a los sobre saturados juzgados españoles, que no dan a basto. Nos quejamos de que la ley es muy lenta en los casos de maltrato y demás pero.... ¿como no va a serlo si los juzgados están saturados con denuncias de piratería y del mundo de la prensa rosa?..... Por ley tienen que atender estas causas con la misma diligencia que cosas más serias, y es por ello (entre otras cosas, como la falta de personal en juzgados) que la justicia va como va en España.....

Pero claro, eso nunca ocurrirá, al menos mientras los Bardem/Ramoncín & company tengan cogidos por los huevos al PSOE (que se beneficia y mucho en campaña electoral del apoyo de las estrellitas españolas ¿o nadie se acuerda de los Bardem así como cantantes famosos en los mitins del PSOE?).
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CrowX
No entiendo, ¿qué vas a despenalizar?

La música y películas ya están despenalizadas, fueron despenalizadas (bien o mal) por el gobierno de Aznar, con lo que llamó copia privada.

Pero despenalizar el software es absurdo, la industria no se sostendría, nadie va a pagar dinero por un programa que puede conseguirse (legalmente) gratis.

Y acerca de que no sea delito penal sino falta, eso ya está en el código actual, desde EOL se ha dicho muchas veces que copiarse, por ejemplo, un juego es falta, no delito, solo es delito cuando exista ánimo de lucro; pero es que es lógico, si te ganas la vida de vender copias piratas, es delito y siempre lo será, y no solo por los derechos de autor, sino también a nivel fiscal.
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Yoshi's
Yoshi's escribió:No entiendo, ¿qué vas a despenalizar?

La música y películas ya están despenalizadas, fueron despenalizadas (bien o mal) por el gobierno de Aznar, con lo que llamó copia privada.

Pero despenalizar el software es absurdo, la industria no se sostendría, nadie va a pagar dinero por un programa que puede conseguirse (legalmente) gratis.

Y acerca de que no sea delito penal sino falta, eso ya está en el código actual, desde EOL se ha dicho muchas veces que copiarse, por ejemplo, un juego es falta, no delito, solo es delito cuando exista ánimo de lucro; pero es que es lógico, si te ganas la vida de vender copias piratas, es delito y siempre lo será, y no solo por los derechos de autor, sino también a nivel fiscal.


Me enseñas el artículo del código penal donde se recoja que copiar un juego sea una falta? Ni es falta ni es delito, mientras no haya ánimo de lucro no está penado de ninguna manera.
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Elm1ster
Totalmente de acuerdo con el texto, pero dos puntualizaciones que veo que os estais liando un poco: el autor propone la despenalización de las infracciones contra los derechos de autor, y eso supone convertirlas unicamente en ilícitos civiles, pero no en faltas, que a pesar de su nombre más benigno, siguen teniendo carácter penal, ya que son algo así como delitos menores.
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Pink_Floyder
Me ha gustado esta frase:

- ¿para qué gastárselos, si la policía y los jueces les hacen el trabajo gratis?
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Deyrant
Elm1ster escribió:
Yoshi's escribió:No entiendo, ¿qué vas a despenalizar?

La música y películas ya están despenalizadas, fueron despenalizadas (bien o mal) por el gobierno de Aznar, con lo que llamó copia privada.

Pero despenalizar el software es absurdo, la industria no se sostendría, nadie va a pagar dinero por un programa que puede conseguirse (legalmente) gratis.

Y acerca de que no sea delito penal sino falta, eso ya está en el código actual, desde EOL se ha dicho muchas veces que copiarse, por ejemplo, un juego es falta, no delito, solo es delito cuando exista ánimo de lucro; pero es que es lógico, si te ganas la vida de vender copias piratas, es delito y siempre lo será, y no solo por los derechos de autor, sino también a nivel fiscal.


Me enseñas el artículo del código penal donde se recoja que copiar un juego sea una falta? Ni es falta ni es delito, mientras no haya ánimo de lucro no está penado de ninguna manera.


No tengo delante todos los artículos ni soy abogado, pero es de sobra sabido que el derecho copia privada (Ley 23/2006 artículo 31) se refiere únicamente a obras literarias, artísticas o científicas, pero excluye explícitamente al software; copiarse un juego o programa, siempre ha sido ilegal, nunca ha sido delito, pero sí falta. Sin embargo, copiarse una película o un disco de música es legal según lo mencionado en dicho artículo 31.

Si copiarse un programa fuese legal, entonces nadie los compraría. Justo por eso EOL solo da soporte a las COPIAS DE SEGURIDAD, que solo son tal si tienes el original.
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Yoshi's
Dice muchas verdades, pero q le hagan caso es otro tema...
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Artxispionin
Que razón tiene.
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Ahriman
Yoshi's escribió:
Elm1ster escribió:
Yoshi's escribió:No entiendo, ¿qué vas a despenalizar?

La música y películas ya están despenalizadas, fueron despenalizadas (bien o mal) por el gobierno de Aznar, con lo que llamó copia privada.

Pero despenalizar el software es absurdo, la industria no se sostendría, nadie va a pagar dinero por un programa que puede conseguirse (legalmente) gratis.

Y acerca de que no sea delito penal sino falta, eso ya está en el código actual, desde EOL se ha dicho muchas veces que copiarse, por ejemplo, un juego es falta, no delito, solo es delito cuando exista ánimo de lucro; pero es que es lógico, si te ganas la vida de vender copias piratas, es delito y siempre lo será, y no solo por los derechos de autor, sino también a nivel fiscal.


Me enseñas el artículo del código penal donde se recoja que copiar un juego sea una falta? Ni es falta ni es delito, mientras no haya ánimo de lucro no está penado de ninguna manera.


No tengo delante todos los artículos ni soy abogado, pero es de sobra sabido que el derecho copia privada (Ley 23/2006 artículo 31) se refiere únicamente a obras literarias, artísticas o científicas, pero excluye explícitamente al software; copiarse un juego o programa, siempre ha sido ilegal, nunca ha sido delito, pero sí falta. Sin embargo, copiarse una película o un disco de música es legal según lo mencionado en dicho artículo 31.

Si copiarse un programa fuese legal, entonces nadie los compraría. Justo por eso EOL solo da soporte a las COPIAS DE SEGURIDAD, que solo son tal si tienes el original.


+1 Es tal y como dices tu, el software no esta considerado cultura y cae en saco aparte
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Shade_Chan
De hecho, ya que me he puesto a buscarlo, el artículo 99 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, prohíbe específicamente la copia de software "incluso para uso personal, por cualquier medio y bajo cualquier forma". No contenta con eso, prohíbe también la "traducción, adaptación, arreglo o cualquier otra transformación" del mismo, e incluso prohíbe "cualquier forma de distribución pública incluido el alquiler del programa original o de sus copias". Todo esto, evidentemente, se refiere a los partículares, si no tienen la autorización de sus propietarios. Las tiendas que alquilan tienen la licencia para vender y alquilar juegos, igual que los videoclubes la tienen para alquilar películas. La venta de segunda mano, por ejemplo, no se prohíbe en ningún caso.


Y no es que los videojuegos no sean cultura, es que además de eso son programas informáticos, y la Ley dice que de todas las obras artísticas quedan excluidas del derecho de copia privada aquellas que sean software (es decir, un videojuego musical tipo Guitar Hero, por mucha música que tenga no se puede copìar, podrás bajarte las canciones en MP3, pero no el juego). De todas formas es cierto que los juegos legalmente no son cultura, al menos no se han considerado así hasta ahora, ni en el IVA ni en nada, aunque también es cierto que son productos de lujo.
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Yoshi's
Hay demasiado dinerito en movimiento para ke le hagan caso a este señor muy a nuestro pesar...
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spiriel
Verdades como puños si señor, pero no se han de quitar leyes o dejar de hacerse por el hecho de ser ineficaces o inviables, si nos ponemos puntillosos por ejemplo la mal llamada ley de violencia de género es ineficaz, las medidas a menudo llegan tarde o son insuficientes (las mujeres en este pais son maltratadas en un porcentaje vergonzoso, y muchas acaban asesinadas por sus parejas, los hombres son ninguneados por la ley/justicia en el caso opuesto), y la ley de ayuda a la depencia es inviable, no hay el dinero suficiente para toda la gente que necesita ayuda por una u otra causa (lo cual se arregla con lo de siempre, burocracia a saco para ralentizar el proceso y con "suerte" para el Estado fallecen y queda liberado de la carga pese a que el gasto de la familia ya ha sido realizado, esto es tan verdad como que yo lo sufri de cerca). Eso por nombrar 2 casos que me vengan a la cabeza, pero sirven para ilustrar la razón de que se hagan las leyes pese a los problemas y trabas de éstas. El autor del artículo como jurista conoce estas circunstancias, lo cual hace aún mas "valiente" su posición. Un saludo ;)
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Chuache86
A ver si todo llega a buen puerto
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krasny2k5
De acuerdo, no deberían de existir los derechos de autor en ninguna parte del mundo, pero eso no va a ocurrir puesto que hay mucho dinero de por medio, eso sí, hay que reconocer al autor del software o de la obra que se ha hecho.
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Larry-Cañonga
Joder, este tio piensa y habla muy bien...
Ojala sea como el dice...
xD
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Jack90
Joder, aver si meten esto en la legislación! seria un gozo quedarse sin la sgae de los cojones

si esto pasa, lo celebro!
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11888
Cada dia me cae mejor este tio...
No creo que le hagan mucho caso, pero vale la pena ver gente pensante en el mundo.
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egleuterio
Lástima que luego hagan oidos sordos. [lapota]
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PussyLover
Artículo 270.

1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.

3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.

Artículo 271.

Se impondrá la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión relacionada con el delito cometido, por un período de dos a cinco años, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

Que el beneficio obtenido posea especial trascendencia económica.

Que los hechos revistan especial gravedad, atendiendo el valor de los objetos producidos ilícitamente o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados.

Que el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviese como finalidad la realización de actividades infractoras de derechos de propiedad intelectual.

Que se utilice a menores de 18 años para cometer estos delitos.

Artículo 272.

1. La extensión de la responsabilidad civil derivada de los delitos tipificados en los dos artículos anteriores se regirá por las disposiciones de la Ley de Propiedad Intelectual relativas al cese de la actividad ilícita y a la indemnización de daños y perjuicios.

2. En el supuesto de sentencia condenatoria, el Juez o Tribunal podrá decretar la publicación de ésta, a costa del infractor, en un periódico oficial.


Yo no veo nada nuevo que este hombre haya dicho sobre este tema,ya que esta todo recogido en el codigo penal....otra cosa es que queramos hacer con las SGAE.
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quaker

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