S0L0 escribió:Yo soy un delicuente.![]()
eso ya lo sabemos todos (yo tb lo soy xDD)
Por favor, identifícate o regístrate.
Hammett escribió:Pues al hilo de esto quería haceros una pregunta: Si bajarte un juego del eMule y grabártelo no es ilegal, a pesar de no tenerlo original, ¿por qué en estos foros no se puede postear elinks, direcciones para obtener cracks, direcciones donde se publiquen torrents, etc? ¿Es simplemente para que no se convierta en un foro en el que entre todo el mundo pidiendo este tipo de cosas? ¿Es por temor a represalias legales? ...
Es una pregunta que me hago desde hace un tiempo, y no va ni con segundas intenciones, ni con malicia ni nada. Simplemente es curiosidad, porque nunca he pedido este tipo de información ni la daría, puesto que esta práctica va contra las normas de la web. Y quien paga manda![]()
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"La procrastinación es el ladrón del tiempo"
jiXo escribió:El titular está perfectamente, claro que existe la copia privada de software, otra cosa es que sea ilegal como bien indico en el cuerpo de la noticia. Vuelvo a repetir que una copia privada es aquella para uso privado del copista realizada sin ánimo de lucro, copiemos lo que copiemos. En el caso de las obras audiovisuales la copia privada es legal aunque no tengamos la copia original (la copia de seguridad es un tipo de copia privada), en el caso de software no, pero es un ilícito civil, no un delito.
Y te extiendo también a ti la invitación a que nos facilites alguna sentencia contraria a la de la noticia (dándose las mismas condiciones de no existir ánimo de lucro).
MICTLAN escribió:Velocidad angular constante significa que (w = w), o que tú (w) de la fórmula es siempre el mismo. Eso es CAV(Velocidad angular constante) y no lo que estás diciendo
...
¿Todos conocemos los quesitos de Reny picot , verdad amiguitos?Pues la superficie de ese quesito es un Radian(aunque geométricamente tiene los bordes angulados).
zheo escribió:A otro perro con ese hueso. Hablamos de copia privada recogida en un ley joder, sino lo podemos perfectamente llamar backup o cualquier otra palabra que se nos ocurra. Estamos hablando de erminos jurídicos, no de eufemismos.
zheo escribió:Por otro lado te invito yo antes a tí a que me des un link donde se especifique cláramente cuantos juegos copiados tenía y si de todos tenía el original. Te recuerdo que en la sentencia la juez sólo cita la LPI para copias audiovisuales, no habla prácticamente de software, así que no hablemos tanto de "ánimo de lucro"
El equívoco vino porque lo que intentaban era meterle un puro a la mujer por comerciar con ello, cosa que no hacía y por tanto no puede haber delito, pero eso es distinto a decir "la copia privada de software es legal"
MisC0 escribió:Pues a ver si nos aclaramos, porque yo para mí que esta juez no tiene muy clara la L.P.I.
La copia privada no existe en el caso de sofware, solo la de seguridad (teniendo el original) por tanto el delito, falta o como lo queramos llamar se había cometido. Puede que no tuviese ánimo de lucro, ni daño a terceros pero es que eso da igual. Eran unas copias "fuera de la ley" por no poseer un original.
Como dice otro forero un poco antes, no alcemos las campanas al vuelo. Esta es una sentencia tan equivocada como la que pudiera condenar por poseer/distribuir una película por el emule.
Esto por supuesto es solo mi opinión. No os lanceis ahora al cuello con que si la *uta $GAE, etc. Al César lo que es del César y tanto para un lado como para otro debemos ser justos en la interpretación de la ley.
Un saludo.
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f5inet escribió:
aplicate el cuento, porque solo lees lo que quieres leer...
el juez ha dicho que copiar software para uso personal NO ES DELITO. Pero sin embargo si lo hubieran encauzado por via civil en vez de por la judicial se hubiera considerado UNA FALTA, y tendria multa y/o servicios sociales... puesto que has causado perjuicio economico indirecto a un tercero...
el problema ha sido de la denuncia, que lo han llevado por la via judicial en lugar de por la civil... querian meterlo entre rejas y el juez ha dicho que nanai, que la carcel para asesinos y traficantes... que el que roba dinero o especie que le pongan una multa pero por via civil, que el no mete entre rejas a nadie porque se halla bajado el windows pirata o similares...
Mí mismo un poco más abajo escribió:jiXo escribió:Estás equivocado. El conocimiento que tenga el juez de la L.P.I. no importa en este caso porque lo que se estaba juzgando era un delito, utilizándose el Código Penal como herramienta. En este caso no corresponde juzgar si los hechos eran legales o no, sino si eran delictivos. Si la acusación hubiese empleado la via civil contra la acusada el resultado habría sido sin duda condenatorio, pero seguramente las penas no serían lo suficientemente atractivas.
Ok, entendido y tenías razón, estaba equivocado. Si te llevan a juicio por la via penal te salvas. Si no, multita o lo que sea y pa casa.
Vamos que los que se equivocarón aquí fueron los de la acusación, por suerte para la mujer....
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