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La Audiencia Provincial aclara que el P2P no es delito, pero sí un ilícito civil

Moderadores: jiXo, Benzo

Yoshi's
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Mensajepor Yoshi's 21 Feb 2008 15:04

Ariath escribió:Si se me permite un pequeño matiz, yo tenía entendido que el derecho a copia privada era: te bajas una película o música por Internet, y te la grabas para uso personal.

Que, aparte, "supuestamente" por eso pagamos un canon digital.

Ahora bien, teniendo eso en cuenta, lo que no entiendo es eso de que "no puedes tener una copia de algo SI NO POSEES EL ORIGINAL".

¿Entonces? ¿Quiere decir esto que, pagamos un canon por tener derecho a esa copia privada de un original que no poseemos, pero de todas formas, como no posees el original, es ilícito?

No se, que alguien me explique esto un poco plis :)

Salu2


La copia privada solo se aplica a obras audiovisuales (música, pelis) en la que puedes tener una copia sin tener el original, Y ES POR LA QUE SE PAGA CANON. Pero la copia de software ES ILEGAL (aunque no sea delito, sí es ilegal por lo civil). Solo puedes tener tu copia de seguridad si posees el original.
Ultima edición por Yoshi's el 21 Feb 2008 15:10, editado 1 vez
Yoshi Team

soukai
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Mensajepor soukai 21 Feb 2008 15:51

pero no se supone que el canon se paga por las obras que si tienes el original y copias tu, no?
no ser poseedor del original no estaria considerado punible economicamente? o si lo usas para ti no?
a parte de esto, si ganan mas pasta por el canon que vendiendo discos como pueden encima denunciar a la gente que compra cds y dvds virgenes y los utiliza para lo que los esta pagando? no les basta con robar a todo el mundo si no que a algunos les quieren robar varias veces?

otra cosa, para denunciar por la via civil dependen de que el que te sirve la conexion les diga a que usuario pertenece cada ip no? y eso es complicado que lo consigan por las sentencias de bruselas a favor de la privacidad de estos datos al ser de caracter personal, no?
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Orbatos_II
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Mensajepor Orbatos_II 21 Feb 2008 15:52

Sería de agradecer la misma celeridad en la justicia a la hora de derimir detallitos como la constitucionalidad de un impuesto recaudado por un ente privado, por la impunidad con los que miembros de cierta asociación privada insultan y amenazan con impunidad a todos los españoles periodicamente... vana esperanza. Poderoso caballero es Don Dinero, y tener amigos que mandan mas aún
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linsms
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Mensajepor linsms 21 Feb 2008 16:15

Yo editaría la noticia ya que según he visto en otros sitios se dice que podría constituir un ilícito civil, no que lo haga, ya que no era competencia del juicio dictaminarlo.
PSP 2.6 -> 1.5 -> 2.71SEx -> 3.02OEx -> 3.03OEB -> 3.10OEA' -> 3.30 OE A -> 3.40 OE A -> 3.52M33-4->3.71M33-2 -> 3.90M33-2
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Zombo
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Mensajepor Zombo 21 Feb 2008 16:26

Que sea un ilícito civil o no, no aplica en este caso, porque le han metido un juicio por lo penal.

Es decir, no es delito, pero si en vez de por lo penal le metieran el paquete por lo civil, podría tener responsabilidad y por tanto pagar una compensación.

A mi la sentencia me deja clara que no es delito pero si te meten un pleito por lo civil a lo mejor te toca pagar un pastizal.
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linsms
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Mensajepor linsms 21 Feb 2008 16:37

Zombo escribió:Que sea un ilícito civil o no, no aplica en este caso, porque le han metido un juicio por lo penal.

Es decir, no es delito, pero si en vez de por lo penal le metieran el paquete por lo civil, podría tener responsabilidad y por tanto pagar una compensación.

A mi la sentencia me deja clara que no es delito pero si te meten un pleito por lo civil a lo mejor te toca pagar un pastizal.


"Podría" y "a lo mejor" son la clave. Hasta que no salga una sentencia por lo civil que diga algo al respecto todo es humo
PSP 2.6 -> 1.5 -> 2.71SEx -> 3.02OEx -> 3.03OEB -> 3.10OEA' -> 3.30 OE A -> 3.40 OE A -> 3.52M33-4->3.71M33-2 -> 3.90M33-2
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Zombo
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Mensajepor Zombo 21 Feb 2008 16:44

linsms escribió:
"Podría" y "a lo mejor" son la clave. Hasta que no salga una sentencia por lo civil que diga algo al respecto todo es humo


Exacto, aún no hay sentencias al respecto.

Lo más preocupante es que se inventen partes del artículo de la copia privada, como el hecho de que sea necesario que el original venga de tu "entorno". Me acabo de leer otra vez el articulo y no hace referencia a eso en ningún lugar,


Sin embargo la Audiencia ha rebatido este argumento, afirmando que tanto el intercambio mediante P2P como el que realizaba el acusado no pueden ser considerados copia privada al realizarse fuera del círculo familiar o íntimo del copista




Articulo de la ley de propiedad intelectual que se refiere a la copia privada:

Artículo 31. Reproducciones provisionales y copia privada.

1. No requerirán autorización del autor los actos de reproducción provisional a los que se refiere el artículo 18 que, además de carecer por sí mismos de una significación económica independiente, sean transitorios o accesorios y formen parte integrante y esencial de un proceso tecnológico y cuya única finalidad consista en facilitar bien una transmisión en red entre terceras partes por un intermediario, bien una utilización lícita, entendiendo por tal la autorizada por el autor o por la ley.

2. No necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el artículo 25, que deberá tener en cuenta si se aplican a tales obras las medidas a las que se refiere el artículo 161. Quedan excluidas de lo dispuesto en este apartado las bases de datos electrónicas y, en aplicación del artículo 99.a), los programas de ordenador.
Ultima edición por Zombo el 21 Feb 2008 16:51, editado 1 vez
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Arkhan
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Mensajepor Arkhan 21 Feb 2008 17:16

Zombo escribió:
Exacto, aún no hay sentencias al respecto.

Lo más preocupante es que se inventen partes del artículo de la copia privada, como el hecho de que sea necesario que el original venga de tu "entorno". Me acabo de leer otra vez el articulo y no hace referencia a eso en ningún lugar,





Articulo de la ley de propiedad intelectual que se refiere a la copia privada:



Lo malo de dicha ley es que deja tantas lagunas que da lugar a que un juez la interprete como quiera.

Ya que en ningún sitio se indica de donde deben obtenerse esas copias privadas y que en caso de que se requiera que sea del círculo del que las hace... hasta donde llega ese círculo.
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Nova6K0
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Mensajepor Nova6K0 21 Feb 2008 17:38

Yo no soy abogado pero la Audiencia de Cantabria, parece que tampoco hay much@s.

Lo del ilícito civil para mí es una idiotez os explico por qué. Eso del original es falso. Si eso fuese así la copia privada no existiría y el canon sería ilegal "per se". Por que hacerse una copia a partir de un original es una copia de seguridad.

El problema es por la presión de los lobbys de la industria la copia privada casi se ha igualado a la copia de seguridad.

La copia privada se creó por una costumbre, la de grabar las cintas de cassette con canciones de la radio que luego distribuías entre tus amig@s y familiares. Como las leyes se basan en las costumbres sociales, pues así se legisló.

Lo que le fastidia a la industria es que mientras antes eran 100.000 personas en España quienes hacían eso, ahora somos cerca de 4 millones (más de 1,5 millones con banda ancha).

Salu2

norishen
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Mensajepor norishen 21 Feb 2008 17:42

Nova6k0: puedo equivocarme, (yo tamposo soy abogado, jejeje), pero la copia privada e software, no esta tipificada en españa. Tu "legalmente" puedes hacer copias privadas de tus peliculas, de pus cd's, etc... pero no puedes hacer una copia privada del Güindos Xp de turno...

Creo que el tema va asi, pero vamos, a lo mejor alguien nos lo aclara mas.

Saludos,

Norishen

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