Y el boicot a nintendo le tengo yo desde hace unos cuantos años, tantos como la NES

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baronluigi escribió:klaital escribió:Creo que pedir 23 años de carcel es una pasada....pero lo que tambien es cierto es que esta tienda vive de Nintendo, Sony y Microsft...no vengais con esxusas baratas, y se lucra de ello, ademas, creo que las comparaciones que hacen no son iguales. Nintendo no cobra royalitis por que las empresas desarrollen para su consola? Pues de software libre......
En fin, la guerra de nunca acabar, que le esta tocando pagar a este hombre aunque saldra limpio, pero macho...si hasta el mismo da la razon diciendo que la inmensa mayoria, alguien dijo 98-99%???, lo utiliza para poder cargas copias, pero que ese no es su problema, que el solo da la opcion......
Lo dicho, que espero, saldra limpio
Pero te vuelvo a decir lo mismo. No solo esta tienda o en este tipo de productos se vive de otras empresas...¿Los equipos de musica venderian tanto si no leyeran CDR? ¿Y los reproductores de DVD si no leyeran DVDR? ¿Se hubieran vendido tantos MP3, MP4, etc...si no se pudieran leer musica bajada de la red (o copiada por ti, claro esta) ¿Los propios CDR o DVDR que se venden MASIVAMENTE son solo para copiar tus datos propios como videos creados por ti, trabajos o fotos?
Es que no, se, yo nunca he negado que el exito le viene por la opcion de copias, pero es algo que se lleva haciendo TODA la vida en como ya he dicho MUCHISIMOS tipos de negocio.
Especificamente es concretamente, no unicamente.
Thierry Henry escribió:...
Así lo afirma un auto de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (España), que dice textualmente que "debe en consecuencia confirmarse el sobreseimiento acordado, ya que al existir distintas utilidades para los llamados chips, no se cumple el requisito del exclusivo o específico destino que prevé el precepto, sin que tampoco, se aprecie el encaje de los hechos denunciados en ninguno de los delitos relativos a la propiedad industrial".
archit escribió:Especificamente es concretamente, no unicamente.
Creo que los jueces no lo interpretan igual que tu. Pego la sentencia absolutoria contra chipspain por colocacion de modchips:
Conforme al art. 270-3 del Código Penal, se castiga a "quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo." Atendiendo a la literal dicción del referido artículo, y examinadas las actuaciones, se impone la confirmación de la resolución recunida, en la que la Magistrado a quo, a petición del Ministerio Fiscal, acuerda el sobreseimiento provisional de la causa al amparo del art. 641-1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal., por ser racional y ajustado a derecho su razonamiento de haberse acreditado, por la prueba pericial practicada, que los chips que se instalan o se pueden instalar en las videoconsolas de autos, pueden servir, desde luego, como dispositivo tendente a desprotegerlas para permitir utilizar juegos no originales, pero también, para permitir la ejecución de juegos originales de otras zonas y para convertir la consola en un ordenador personal apto para realizar múltiples tareas absolutamente lícitas, como pueda ser el manejo de fotograflas, ejecutar juegos de libre distribución no diseñados para consola, escuchar música, etc. No se cumpliría, por tanto, el requisito de la exclusiva o específica destinación a la supresión o neutralización de dispositivos de protección de las consolas, y en este sentido el razonamiento de la instructora no resulta desacertado para este Tribunal.
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