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Contenido del auto de medidas cautelares contra el PS Jailbr

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MrLegna
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Mensajepor MrLegna 17 Sep 2010 10:20

Esto es absurdo, como si prohiben las grabadoras porque se puede piratear, o los discos duros, o tantas otras cosas... es solo una medida cautelar que lo unico que van a ganar es tiempo, pero la logica e historia nos dice que estos USB son legales. Que conste que yo los hubiera vendido "vacios" como si fueran USB de desarrollo o memoria USB sin mas.

DayDreamin
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Mensajepor DayDreamin 17 Sep 2010 10:26

Una medida cautelar tiene la función de que asegurar la efectividad de una futura sentencia, por tanto se presume que las acciones legales no han hecho más que empezar; y si se demuestran una serie de factores el o la juez puede dictar una medida cautelar sin escuchar a la otra parte. Otra cosa muy diferente es que se produzcan -efectivamente- esos factores para que la parte demandada no sea escuchada.

La regla general es que el tribunal proveerá o resolverá sobre la petición de las medidas cautelares previa audiencia del demandado, pero existe una excepción: cuando el solicitante así lo pida, y acredite que concurren razones de urgencia, o que la audiencia previa puede comprometer el buen fin de la medida cautelar, entonces, en estos casos, el tribunal podrá acordarla sin más trámites mediante auto, en el plazo de cinco días, razonando por separado sobre la concurrencia de los requisitos de la medida cautelar y las razones que han aconsejado acordarlas sin oír al demandado. Contra el auto que acuerde medidas cautelares sin previa audiencia del demandado, no cabrá recurso alguno, artículo 733 de la LEC.


Artículo 733. Audiencia al demandado. Excepciones.

1. Como regla general, el tribunal proveerá a la petición de medidas cautelares previa audiencia del demandado.

2. Redacci�n seg�n Ley 19/2006, de 5 de junio. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, cuando el solicitante así lo pida y acredite que concurren razones de urgencia o que la audiencia previa puede comprometer el buen fin de la medida cautelar, el tribunal podrá acordarla sin más trámites mediante auto, en el plazo de cinco días, en el que razonará por separado sobre la concurrencia de los requisitos de la medida cautelar y las razones que han aconsejado acordarla sin oír al demandado.

Contra el auto que acuerde medidas cautelares sin previa audiencia del demandado no cabrá recurso alguno y se estará a lo dispuesto en el capítulo III de este título. El auto será notificado a las partes sin dilación y, de no ser posible antes, inmediatamente después de la ejecución de las medidas.


Vedia
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Mensajepor Vedia 17 Sep 2010 10:26

Sensenick escribió:Tú sabes de procedimientos judiciales? Yo no, así que no me meto en si es normal o no no escuchar a la parte demandada. No me compares lo de T5 porque ahí se vulneraba seguramente un derecho fundamental y la cosa pudo ser distinto.

Hombre, es una regla judicial universal la de escuchar a ambas partes y la de su presunción de inocencia, antes de dictar ningún auto judicial que les suponga un grave perjuicio. Y lo de T5 te he demostrado que va en plan subjetivo en cada caso. Pidieron el secuestro de una serie de ficción y no lo consiguieron. Pidieron el secuestro de un reportaje de actualidad y sí lo consiguieron (al menos temporalmente)

Sensenick escribió:Pero vamos, que las medidas cautelares son lógicas en cualquier caso de este tipo, si quieres que algo no se venda y su distribución es inminente lo normal es evitarla antes, no?

No, si quieres que algo no se venda, primero se tiene que decidir que esa venta es ilegal. Yo, si regento una tienda de perfumes, y quiero impedir que la tienda de al lado, mi competencia, venda sus nuevas fragancias que yo todavía no tengo, puedo denunciarles y decirle al juez que son perfumes falsos de china y que venderlos es ilegal. Pero ANTES de decidir que no se vendan y prohibirlos, el juez tiene que comprobar que efectivamente su venta podría ser ilegal.

Sensenick escribió:Y te repito, no se ha prohibido nada, se ha parado la comercialización de un producto hasta que o bien se vea que dicha distribución no es tan dañina, o bien se dicte en un juicio que es legal... y yo eso lo veo perfecto, que ya desde un inicio se diga que es legal, sería portada en periódicos e impediría (en gran medida) futuros secuestros y titulares sensacionalistas.

A ver. ¿Has leído bien? Se ha PROHIBIDO su venta HASTA el juicio. Su venta, su promoción, incluso su simple almacenamiento en las tiendas. Leches, lo que cuesta entender un texto...

Sensenick escribió:Lo que dices de prevaricación, policía implicada que no hace su trabajo... a ver si te crees que no tienen otra cosa que hacer. Si siguen promocionando a pesar de lo dicho por el juez, se llevarán una multa supongo, a ver si te crees que van los GEOs a cerrar la web. Pero en fin, veo que tampoco conoces mucho el tema, porque en muchos sitios no hay nada que requisar porque no han llegado aún.


Jajajaja, esto ya es el colmo. ¿Que la policía no tiene otra cosa que hacer más que su trabajo? No, sólo eso. Y lo han hecho cientos de veces en los últimos años. Tardan un par de horas. Se acercan a las tiendas, requisan el material y ala, pal juzgado todo. Lo hemos visto con cds piratas, en falsas tiendas o garajes o pisos donde se producían estos cds del top manta, etc...

El juez ordena, la policía cumple. Y lee un poquito mejor, que NINGUNA web se cierra. Patético que digas que no han llegado a las tiendas aún, cuando ya hay una docena de tiendas en españa que vende directamente los clones y muchos los tienen en sus casas ya, y a los clones también afecta el auto. A ver si piensas un poco que todas las unidades que venden las webs tienen que estar físicamente en algún almacen de la propia tienda. Lo flipante es que me acuses de no conocer el tema, cuando eres incapaz siquiera de comprender un auto judicial y reconoces no tener idea de los procedimientos habituales.


Va, lo dejo por imposible. Si no se puede comprender el texto y conocer sus repercusiones, esto es un debate estéril.

Daydreamin escribió:Una medida cautelar tiene la función de que asegurar la efectividad de una futura sentencia, por tanto se presume que las acciones legales no han hecho más que empezar; y si se demuestran una serie de factores el o la juez puede dictar una medida cautelar sin escuchar a la otra parte. Otra cosa muy diferente es que se produzcan -efectivamente- esos factores para que la parte demandada no sea escuchada.

La regla general es que el tribunal proveerá o resolverá sobre la petición de las medidas cautelares previa audiencia del demandado, pero existe una excepción: cuando el solicitante así lo pida, y acredite que concurren razones de urgencia, o que la audiencia previa puede comprometer el buen fin de la medida cautelar, entonces, en estos casos, el tribunal podrá acordarla sin más trámites mediante auto, en el plazo de cinco días, razonando por separado sobre la concurrencia de los requisitos de la medida cautelar y las razones que han aconsejado acordarlas sin oír al demandado. Contra el auto que acuerde medidas cautelares sin previa audiencia del demandado, no cabrá recurso alguno, artículo 733 de la LEC.


Exacto. Esa es la ley. De hecho, en esa ley se basaron para secuestrar, de forma previa y preventiva, algún reportaje de televisión sobre algún famoso que supuestamente podría atentar contra su honor y su imagen.

Vamos, que ejemplos tenemos, para quien tenga conocimiento. Otra cosa es la subjetividad del juez para acometer una censura preventiva tan perjudicial para el demandado.....ahí es donde podríamos criticar a la señora jueza de las narices.

Sensenick
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Mensajepor Sensenick 17 Sep 2010 10:48

¬_¬

Vedia escribió:Hombre, es una regla judicial universal la de escuchar a ambas partes y la de su presunción de inocencia, antes de dictar ningún auto judicial que les suponga un grave perjuicio. Y lo de T5 te he demostrado que va en plan subjetivo en cada caso. Pidieron el secuestro de una serie de ficción y no lo consiguieron. Pidieron el secuestro de un reportaje de actualidad y sí lo consiguieron (al menos temporalmente)

NO, no mezcles churras con merinas, ni presunción de inocencia ni nada, eso no tiene nada que ver con las medidas cautelares, lee la ley, post anterior al tuyo. Medidas cautelares, que cualquiera que te lea pensará que los han metido ya en la cárcel y los han multado... y es que al final puede que incluso reciban dinero de Sony.

Vedia escribió:No, si quieres que algo no se venda, primero se tiene que decidir que esa venta es ilegal. Yo, si regento una tienda de perfumes, y quiero impedir que la tienda de al lado, mi competencia, venda sus nuevas fragancias que yo todavía no tengo, puedo denunciarles y decirle al juez que son perfumes falsos de china y que venderlos es ilegal. Pero ANTES de decidir que no se vendan y prohibirlos, el juez tiene que comprobar que efectivamente su venta podría ser ilegal.
Te digo lo mismo que antes, lee la ley. Si tú vas a y denuncias a la tienda de al lado, deberás darle algo para que te otorgue esas medidas. Sony ha demostrado que el PSJ (un producto nuevo) se anuncia, entre otras cosas, para "liberar" la consola, algo que no podía hacerse antes. Pero, te repito, NO ha prohibido nada, y se previene su venta para decidir si es o no legal.

Vedia escribió:A ver. ¿Has leído bien? Se ha PROHIBIDO su venta HASTA el juicio. Su venta, su promoción, incluso su simple almacenamiento en las tiendas. Leches, lo que cuesta entender un texto...
Pero que dices??? A ver, cópiame la parte donde dice que se prohíbe su venta o que el PSJ está prohibido o es ilegal. Se ha dicho que por ahora no se puede vender (por los demandados, tú puedes venderlo si quieres), que ya veremos luego. Es que te crees que la ley admite sinónimos infinitos e interpretaciones peregrinas, y no.

Vedia escribió:Jajajaja, esto ya es el colmo. ¿Que la policía no tiene otra cosa que hacer más que su trabajo? No, sólo eso. Y lo han hecho cientos de veces en los últimos años. Tardan un par de horas. Se acercan a las tiendas, requisan el material y ala, pal juzgado todo. Lo hemos visto con cds piratas, en falsas tiendas o garajes o pisos donde se producían estos cds del top manta, etc...

El juez ordena, la policía cumple. Y lee un poquito mejor, que NINGUNA web se cierra. Patético que digas que no han llegado a las tiendas aún, cuando ya hay una docena de tiendas en españa que vende directamente los clones y muchos los tienen en sus casas ya, y a los clones también afecta el auto. A ver si piensas un poco que todas las unidades que venden las webs tienen que estar físicamente en algún almacen de la propia tienda. Lo flipante es que me acuses de no conocer el tema, cuando eres incapaz siquiera de comprender un auto judicial y reconoces no tener idea de los procedimientos habituales.

Va, lo dejo por imposible. Si no se puede comprender el texto y conocer sus repercusiones, esto es un debate estéril.

La policía ocupa el 99.9% de su tiempo en cosas más importantes y menos discutibles que requisar unos dispositivos que aún no existen o ejecutar unas medidas cautelares si no se cumplen. Precisamente para que nadie les mande en el futuro a hacer operaciones que todos sabemos que son absurdas es por lo que este juicio será tan positivo.

El juez ordena a los demandados, que no anuncien (una vez estén notificados, que no lo sabemos). Si lo hacen, ya le avisarán (el juez no va a estar dándole a F5 a partir de la notificación), y es entonces cuando puede decir a la policía que cierre la web, o simplemente poner una multa hasta que hagan caso. La policía no actúa en estos casos por iniciativa propia.

Y te lo vuelvo a repetir, en muchas de esas tiendas no hay dispositivos, no puedes comprar lo que quieras a quien quieras porque no hay todo lo que debería haber... has leido el hilo? Has visto la cantidad de gente que lo ha pedido y espera "porque aún no hemos recibido"?

En fin, si, mejor déjalo estar porque meterse a juez sin serlo es malo, y encima pretender darle lecciones incluso a la policía es fantástico... yo no se de juicios (al menos lo admito), pero si se lo básico en cualquier procedimiento, cosa que veo que no alcanzas...

Eso si, me quedo con que pasas del fondo del caso, para ti todo esto es malo y horrible, cuando el final de la historia puede ser realmente glorioso para todos.

Vedia
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Mensajepor Vedia 17 Sep 2010 10:52

Jojojo, he leído la primera frase y ya lo he dejado por imposible.

Me voy al buffete, que a las 12 tengo una vista en Plaza Castilla.

Si quieres, te dejo una lectura que te ayudará bastante a no soltar tantísimas equivocaciones de forma y de significado:

http://dgraj.mju.es/secretariosjudicial ... ocivil.pdf


DayDreamin
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Mensajepor DayDreamin 17 Sep 2010 11:10

Sobre la discusión que hay:

1.- Como he marcado antes, y he puesto el artículo y todo (733 LECiv); el o la juez puede dictar una medida cautelar sin escuchar a la otra parte; porque la función de la medida cautelar es asegurar la efectividad de la sentencia, algo que garantiza la Constitución Española (máxima norma de la pirámide). Por tanto, esta medida cautelar es algo instrumental, provisional, para que en un futuro proceso (SONY vs TIENDA X); si ganara SONY, esa sentencia tendría "sentido" ya que si el producto en cuestión se distribuye y se vende, pero ganara SONY el juicio, de todas formas se produciría el denominado "perjuicio".

2.- Por tanto, el objeto de la medida cautelar no gira en torno si el producto es legal o ilegal -eso se deja para el juicio, para el proceso-; aquí lo que se discute es que el producto puede producir un perjuicio a SONY, y para evitar -como he dicho- que en un futuro proceso, SONY tuviera la efectividad de su sentencia a favor (en el caso de que la ganare); se toma en mano la herramienta. Explicado en palabras cotidianas: si tu fabricas algo, lo pones a la venta y tal, y viene otro que crees que te lo ha copiado; antes de llevarle a juicio porque crees que es una copia, le denuncias para que no lo venda temporalmente hasta que el futuro juicio se produzca. ¿Qué sentido tendría ganar un juicio pero en ese tiempo dejar que venda su copia de mi producto? Ya se ha producido el perjuicio.

3.- Por tanto, es lógico que se prohíba su venta -de forma temporal-, no por ser legal o ilegal, sino porque en el caso de que SONY ganara un futuro proceso, la sentencia debe tener sentido, y tiene que ser efectiva.

GAROU_DEN
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Mensajepor GAROU_DEN 17 Sep 2010 12:49

Atención, GAROU_DEN está baneado de toda la web, de modo que no podrá responder. Motivo del ban: acumulación de infracciones... no digas que no avisamos.
flashmcarthur escribió:Pues claro que si, es ilegal hacer copia de algo que has comprado, es ilegal incluso respirar el aire sin una autorización expresa del ministerio de medio ambiente...

Estamos en lo mismo, los que tienen pasta quieren cobrar más trabajando menos.
Entiendo que la pirateria (como burdamente le llaman a eso) no es buena... pero son ellos que han escogido un medio barato para vender juegos, y se quejan de que les copian...
Que hagan cartuchos, o medios unicos e incopiables, no vendas trozos de plastico de 10centimos a 80€ y encima tengan la cara de decir que esta prohibido usarlo como quieras porque lo digo yo...

Vamos que si los usaramos como freesby (que es tambien un mal uso) seguro que Sony no pondría pega.

La linea de lo correcto e incorrecto es muy fina, y aquí gana siempre el que tiene pasta, no el que tiene la razón, porque de razones las hay en cada lado, el que es un negociante puro y duro, como el usuario que quiere no tener que ir comprando juegos si se le rompe, o incluso usar el ladrillo que tiene en casa para algo mas que de estufa y para 2 juegos que puede permitirse.

entonces esto que es? [+risas] [+risas] ...brico consejo para el futuro si alguien lo ha fabricado se peude clonar/copiar hamijo [fumando]
Imagen


y sobre la noticia la jueza esta loca,sony lo peor por cerrar una fabrica...y bueno que ya nos conocemos todos y cuando salta una liebre salen cientos por el campo...asi que si paran este sistema habra 4 por lo menos en nada de tiempo.
si te gusta el mundo del comic pasate por aqui...estamos empezando y toda aportacion es bienvenida.
http://www.elotrolado.net/hilo_hablemos-de-lo-que-queramos-version-comic-warning-56kb_1543348

ryukelshinigami
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Mensajepor ryukelshinigami 17 Sep 2010 12:52

hola a todos

la justicia es un cachondeo ( pedro pacheco)

por que esta jueza iluminada de dios solo escucha a sony?

en teoria y segun esta jueza-diosa los teensy, pics y demas artefactos tambien pueden ser usados para eso asi que los prohiba tambien no?

en fin que se le ve el plumero a esta jueza-chapuzera amiga de sinde y del gobierno

un saludo

Rising_Hei
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Fotos: 8

Mensajepor Rising_Hei 17 Sep 2010 13:34

Todos a importar y ya está, quien se queja de los precios es porque quiere.
La mejor firma del mundo ha sido tristemente desabilitada.
I don't need anyone, thanks.

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