DyV escribió:
Los insultos sobran, la ignorancia es el estado natural de la mente, y es algo que se soluciona muy fácilmente. No es motivo de burla ni insulto.
¿Ves? Tú te estás inventando la LPI porque la ignoras. La copia de seguridad no es una copia que tú hagas de algo de lo que tengas el original. La copia de seguridad es ni más ni menos que la copia de seguridad. Del software privativo que compras, por lo general, se prohibe que hagas ningún tipo de copia.
Es decir, de tu CD de windows NO PUEDES HACER UNA COPIA. Si tu CD se estropea, todavía conservas la licencia, y puedes pedir a M$ otro CD (no recuerdo lo que había que enviarles, creo que el CD estropeado y una copia de la licencia). Cuando "compras" software no estás comprando el software en sí, sino una licencia de uso. La licencia está vigente independientemente del soporte, y dichas licencias prohiben explicitamente ningún tipo de copia.
¿Y lo de la copia de seguridad? ¿Dónde encaja en todo esto? Pues muy sencillo. Si tú instalas windows en un disco duro, y haces una COPIA DE SEGURIDAD de TU DISCO DURO, resulta que estás copiando un software que no tienes derecho, en principio, a copiar. Para eso se hace la excepción de la copia de seguridad en el software. No es para que tú hagas copias de software tal y como te lo "vende" (distribuye) el fabricante, es para que puedas hacer copias de ese software una vez instalado, ya que es una práctica necesaria y habitual (sobre todo en entornos empresariales). Por eso es perfectamente legal que los fabricantes de software utilicen sistemas anti-copia, porque en general tú no puedes hacer copias de ningún tipo de ese soporte.
Por supuesto, hay excepciones (como ya he dicho). Ciertos tipos de software que están hechos para instalarse en muchas máquinas (no todos ellos, algunos de ellos), no tienen la restricción de la copia del soporte. Puedes sacar varias copias para poder instalarlo en varios equipos a la vez, pero eso se explicita en la licencia. Luego tú pagas por un paquete de licencias y ese software solo podrá estár funcionando en las condiciones y máquinas que especifiquen esas licencias. En el caso del WindowsXP que te compras en la tienda, si lees la licencia verás que se te prohibe la duplicación del soporte.
¿Te das cuenta? Sin insultar ni nada.
primero, no le insulto, simplemente le vuelvo a explicar lo que 3 o 4 eolianos antes que yo le han intentado explicar.
segundo, independientemente de lo que diga el contrato de licencia de tal o cual software, si las leyes en tu pais te ofrecen mayores derechos que las del contrato de licencia, las leyes de tu pais toman preferencia sobre las mas restrictivas del contrato de licencia. en este caso, y aunque el CLUF de windows, por ponerte un ejemplo, impide la copia e insta al usuario final a pedir un duplicado a MS si su original se estropea, la LEY DE ESPAÑA te permite a hacer una copia de seguridad en concepto de 'asegurar la inversion'. y esa copia de seguridad se puede hacer de windows o del contaplus o de cualquier software.
por cierto, en TODA LA UNION EUROPEA (y españa esta dentro de europa), la ingenieria inversa del software para quitarle alguna proteccion ESTA PERMITIDA siempre que sea con motivo de retrocompatibilidad o de dotar mas compatibilidad al soft. Por ejemplo, compras un soft que solo funciona en windows, pero tu quieres usarlo en linux. se te esta permitido romper la proteccion de ese software para poderlo correr en linux, pero OJO, solo si posees el original con su respectiva licencia.
yo CREO que me conozco la LPI, al menos la actual y no la bazofia que nos quieren colar... ¿y tu?