Si todo lo dicho hasta ahora es fuerte, me gustaría que supieseis como se organiza la SGAE a nivel interno. Cualquiera puede ver sus estatutos ya que los tienen colgados en su página web
http://www.sgae.es/recursos/doc_interactivos/estatutos_nuevos/index.html
Estas cosas son un auténtico coñazo de leer, así que para los que no queráis hacer el esfuerzo haré un breve resumen. Lo primero que llama la atención es la forma que tiene la SGAE de elegir los distintos cargos (cargos por los que supongo cobran importantes sumas). Para empezar, no todos los socios de la SGAE tenemos derecho a votar en las asambleas generales. Eso quiere decir que ni pinchamos ni cortamos a la hora de decidir si nos parece bien que la SGAE haga o deje de hacer lo que sea, ni a la hora de decidir si queremos que Teddy Bautista siga presidiendo la “sociedad”. De hecho en 5 años que llevo de socio jamás he recibido notificación alguna de las decisiones tomadas en ninguna asamblea.
Lo flipante es que, mientras algunos socios no tenemos ningún voto, otros pueden llegar a acaparar hasta 5. ¿Cómo se entiende? Bueno, pues los socios tienen derecho a votar según el dinero que han ganado (y hecho ganar a la SGAE) el último año, a más dinero ganado más votos. Eso si, si durante 5 años has hecho ganar mucho dinero a la SGAE tu voto pasa de ser temporal (calculado año a año según tus ingresos) a ser permanente. Así se explica que señores como Ramoncín, que yo creo que no ha vendido un disco en añooooos, manden tanto en esa “sociedad”.
Los estatutos, además, especifican que puedes perder tu condición de socio, entre otros motivos, por “La descalificación realizada contra los Órganos directivos, personal de SGAE o la propia Entidad menoscabando la consideración y el prestigio de los mismos” Es decir, por criticar a la SGAE. Es más, puedes perder tu condición de socio pero no por ello dejan de gestionarte tus derechos de autor y estás obligado a dejarles gestionar tus derechos hasta que finalice el contrato. Más aun, si consideran que esas descalificaciones son graves, pueden llegar a imponerte una sanción de 200 a 6000 euros.
El sistema de “reparto” es tan raro que, al menos yo, no lo entiendo. Me quedo con el siguiente párrafo:
“En el caso de distribución de derechos provenientes de licencias o autorizaciones generales de utilización del repertorio, se favorecerán en el reparto, mediante criterios equitativos, las obras que ofrezcan un interés cultural de mayor significación o un grado de creatividad más relevante.” Vale, ¿y quien decide que obras tienen mayor significación o un grado de creatividad más relevante? ¿Los jefazos de la SGAE? ¿Quién?
¿A nadie le resulta sospechoso que una sociedad que se autodefine “sin ánimo de lucro” funcione como una especie de junta de accionistas en la que los que más dinero hacen ganar tengan más derechos?
Realmente, muy democrático. En fin, me parece magnifico, es su chiringuito y así de bien se lo tienen montado. Pero que no nos vendan que están para defender a los artistas.
Para terminar, ¿conoce alguien algún caso similar, de una entidad privada que gestione impuestos añadidos a determinados productos? Es como si, por ejemplo, yo me monto una sociedad de lucha contra el cáncer de pulmón, y el gobierno me concede parte de los impuestos que se aplican a cada cajetilla de tabaco.
En fin, que me parece que todo el tema apesta.